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Una Temporada en el Infierno
Cada cierto tiempo, las entidades gestoras de los derechos de autor, las grandes empresas de medios y/o el Gobierno de turno filtran a televisiones, periódicos y radios que la Guardia Civil o la Policía Nacional han llevado a cabo una operación de alto nivel contra la piratería organizada en Internet con la que han dado una estocada significativa a este supuesto mal que afecta a los seres humanos como especie. Y a la "cultura", por supuesto.
Años después, ya sin luces y taquígrafos, los jueces acaban poniendo las cosas en su lugar y los acusados son normalmente exculpados. Pero eso ya no importa. Discográficas, gestoras de los derechos de autor y políticos han conseguido lo que querían: acaparar los focos, contar su verdad y transmitir la falsa sensación de que diariamente libran una dura batalla contra la piratería. Que todo sea una burda mentira es lo de menos. Casos los hay a patadas.
Uno de los últimos ha sido el que ha afectado al administrador de la web de eventos deportivos TVMix.net. Hace 3 años Audiovisual Sport, Digital+ y la Liga de Fútbol Profesional presentaron una denuncia conjunta contra el propietario de este portal acusándole de ofrecer enlaces -directos o que requerían el uso de programas P2P- a webs chinas que emitían en abierto partidos de fútbol que las televisiones españoles sólo daban en modo de pago por visión. Es más, viendo que esos mismos links se podían encontrar en cualquier buscador, ¡extendieron la demanda a Google!. Increíble pero cierto
El caso en su conjunto era absurdo desde el principio. Y es que por mucho que pueda joder a determinadas empresas, no puede constituir delito ofrecer enlaces hacia transmisiones deportivas que algunos canales extranjeros están dando en abierto. Es de cajón. De ahí que el juez haya decretado esta semana el sobreseimiento de las actuaciones.
Eso sí, no esperéis que esta noticia aparezca reseñada en los mismos diarios, radios o televisiones que, por contra, no escatiman titulares ni portadas cuando de lo que se trata es de crear una falsa alarma en la sociedad con supuestas operaciones antipiratería. Desgraciadamente, es lo que hay.
TorrentSpy llegó a ser en su momento uno de los mayores buscadores de trackers para BitTorrent de Internet. Tanto es así que en agosto del año pasado, cuando daba sus últimos coletazos, se calcula que tenía en su base de datos más de 1.000.000 de torrents indexados y cada día se añadían varios miles más.
Pero su éxito, lejos de cubrir en dólares a sus administradores, los ha acabado conduciendo a la perdición. Y es que la Motion Picture Association of America (MPAA), la organización que agrupa a las grandes productoras cinematográficas estadounidenses, emprendió una batalla judicial contra este sitio en febrero del 2006 y acusó a sus propietarios de permitir que millones de personas de todo el mundo pudieran descargarse películas gratuitamente.
Tras un año y medio de juicio, el pasado mes de diciembre la corte encargada del caso hizo pública su sentencia y ésta no pudo ser peor para los intereses de TorrentSpy. El magistrado reconoció la ilegalidad de los actos llevados a cabo por los webmasters del portal y además los acusó de haber incurrido en un delito de falso testimonio al tratar de ocultar que habían destruido sistemáticamente evidencias de lo que había acaecido en su sitio.
Desde entonces lo único que quedaba por saber era la cuantía de la multa que los administradores de TorrentSpy deberían abonar a la MPAA. Finalmente, ayer se dio a conocer la cifra en cuestión, y ésta, sencillamente, alucinante: ¡110 millones de dólares! O lo que es lo mismo: 30.000 dólares por cada uno de los 3.700 archivos por los que las productoras demandaron al sitio.
Es evidente que los propietarios de TorrentSpy no van a poder hacer frente a ese pago, pero en cualquier caso lo más importante de esta sentencia, desde el punto de vista de la MPAA, es que refuerza sus postulados y lanza un mensaje muy claro a todos aquellos estadounidenses que tengan o estén pensando en montar un portal con trackers de BitTorrent. Ahora ya saben a lo que se enfrentan.
Barbara Bauer, una agente literaria estadounidense, ha demandado a la Wikipedia tras encontrar un artículo que incluía un párrafo en el que se la calificaba como "la más tonta de los veinte peores" agentes literarios del momento.
Tal adjetivo fue incluido en la Wikipedia en referencia a las afirmaciones que profirió la escritora Teresa Nielsen Hayden, quien en el 2006 dijo que Bauer era una "agente bien conocida por sus chanchullos", para declarar a continuación que estábamos ante "la más tonta de los veinte peores" agentes del año.
Esta última frase se produjo después que se difundiera por Internet un documento en el que se encontraban anotadas las raquíticas cifras de ventas que habían alcanzado los libros promocionados por esta señora. De hecho, habían sido tan malas que, efectivamente, ese mismo año se la incluyó en una elitista lista que recopilaba a los 20 peores agentes literarios de EEUU.
Dicho esto, cabe señalar que antes de iniciar la demanda, Barbara Bauer se puso en contacto con la Wikipedia para que eliminaran los comentarios que consideraba injuriosos, pero los responsables de la enciclopedia se negaron a editar la entrada en cuestión. Alegan, y razón no les falta, que la legislación estadounidense les protege de los contenidos generados por sus usuarios, por lo que todo hace indicar que la aventura iniciada por la "agente" difícilmente llegará a buen puerto.
Como lo oís (o leéis). Uno de los mayores trackers de BitTorrent ha anunciado que va a demandar a la International Federation of the Phonographic Industry (IFPI), que es la entidad que agrupa a la industria discográfica a nivel global. Y lo va a hacer para exigirles una compensación económica después que en febrero un juzgado danés resolviera en primera instancia, a petición de esta organización, que Tele2 debía poner en marcha las medidas oportunas para evitar que sus clientes accedieran a la web de The Pirate Bay.
Tal decisión, que fue inmediatamente recurrida, supuso un descenso en el número de usuarios que accedieron a este sitio durante el periodo de tiempo en el que los internautas de Dinamarca no pudieron entrar al mismo. Las quejas de los abogados del tracker se fundamentan en que, en su opinión, la legislación europea no permite filtrar el tráfico hacia determinadas webs.
En caso de que las cosas fueran por buen camino y la justicia resolviera en su favor, el dinero obtenido lo destinarían a patrocinar a los artistas independientes daneses que aceptasen compartir su música gratuitamente por las redes de pares. ¿No resultaría poético que el patrimonio de las discográficas sirviese para financiar a aquellos grupos que difundieran libremente sus canciones mediante los programas P2P? Seguro que mucha gracia no les haría 
La guerra abierta que enfrenta a la Unión Europea y Microsoft sigue su curso. El último capítulo de este conflicto que tan caro le está saliendo a la compañía norteamericana se ha producido hace escasas horas cuando la europarlamentaria del Grupo Verde Heidi Rühle ha puesto encima de la mesa la posibilidad de excluir al gigante estadounidense de los contratos públicos que se otorguen a partir de ahora en los países del continente.
La diputada argumenta en su apelación que la normativa vigente en la UE establece que las empresas que hayan incurrido en prácticas deshonestas no podrán acceder a los concursos que abran las administraciones estatales para adjudicar contratos públicos. Una consideración muy a tener en cuenta en el caso de Microsoft puesto que ha sido sancionada por los tribunales europeos hasta en 3 ocasiones por ejercer prácticas monopolísticas que atentaban contra la libre competencia.
La primera de estas multas se produjo en marzo del 2004 y ascendió a 497 millones de euros. La Comisión Europea estableció asimismo que Microsoft debería vender sus sistemas operativos sin el reproductor Media Player instalado, además de proporcionar información a sus competidores para que estos pudieran comercializar productos optimizados para Windows. En julio del 2006 se produjo otra sanción, esta vez de 280,5 millones de euros, porque en opinión de los políticos comunitarios seguía sin subministrar los datos que le demandaban las empresas desarrolladoras de software.
Por si esto fuera poco, en febrero de este mismo año se le impuso otra multa de 899 millones de euros por cobrar un precio abusivo a las compañías que le solicitaban información técnica sobre Windows para poder desarrollar productos compatibles. Es decir, por seguir incumpliendo los mandamientos que le impusieron en marzo del 2004. En total, Microsoft ha debido hacer frente al pago de 1.676,5 millones de euros. De momento.
¿Tirará para adelante esta propuesta de sanción? Es imposible de saber a día de hoy, pero lo cierto es que si se tomara en consideración Microsoft podría verse ante una de sus peores pesadillas: quedarse sin el maná de recursos que le suponen los contratos multimillonarios que suscribe con los distintos gobiernos, tanto estatales como regionales, de la Unión Europea.
Baidu es un gran desconocido en Occidente, pero se trata del 4º buscador en número de usuarios de todo el mundo y uno de los 20 portales más visitados de Internet. A diferencia de lo que sucede con Google, Live, Yahoo o Ask, que están presentes en todos los rincones del Planeta, Baidu concentra toda su actividad en un sólo país: China. Con eso le basta y le sobra para ser un gigante que crece a un ritmo endemoniado.
Otra singularidad de este buscador es que ofrece a sus usuarios la posibilidad de encontrar canciones en formato .mp3, .rm y .wma. Una circunstancia que lo ha llevado a enfrentarse con las discográficas norteamericanas, que ven impotentes cómo los internautas chinos lo tienen muy fácil para bajarse música de los artistas a los que representan.
Hasta la fecha, todas las demandas que habían presentado contra Baidu en China habían acabado en agua de borrajas, dado que la legislación del país asiático es laxa como pocas para estos temas y siempre se había mostrado en contra de atender las peticiones de los sellos musicales estadounidenses.
Pero las cosas están comenzado a cambiar después que la dictadura china haya introducido una serie de reformas en relación con el uso, gestión y comercialización de las obras sujetas a derechos de autor que han permitido a Universal Music, Sony BMG Music Entertainment y Warner Music Hong Kong el volver a presentar una nueva demanda contra Baidu que, esta vez sí, ha sido admitida a trámite por un juzgado de Pekín.
Tras esta buena nueva, las discográficas han exigido, para empezar, una compensación económica que roza los 9 millones de dólares por los daños que supuestamente les ha generado el buscador de música de Baidu, pero ya han anunciado que, en función de como evolucione el caso en los tribunales chinos, solicitarán indemnizaciones que superarán ampliamente los 1.000 millones de dólares.
En abril del 2006, algunas productoras cinematográficas, Promusicae y AGEDI demandaron a un buen número de administradores de páginas españolas de elinks, entre las que se encontraban Indice Donkey, Naida Donkey, Planeta Rajil, Emule 24horas y Elite Rips, lo que provocó que sus propietarios optaran por echar el cierre.
Casi 2 años después, el Magistrado del Juzgado de Instrucción número 1 de Madrid ha dictado sentencia en el caso concreto que afectaba al portal Indice Donkey. Copio y pego un párrafo completo de la resolución (las negritas son mías):
La representación procesal del codenunciado M.L.P. interpone recurso de reforma, y subsidiario de apelación, para que se deje sin efecto el auto de 14 de enero de 2.008, que ordenó la continuación de las diligencias por el cauce del Procedimiento Abreviado; y analizados los diferentes escritos que sobre dicha impugnación se han presentado, debe acogerse de manera favorable, ya que las prácticas consistente en bajar de la red obras musicales o audiovisuales, como sucede en este caso a través de la página Web IndiceDonkey, o la de compartir ficheros dispersos en ordenadores de numerosos usuarios, que se encuentran interconectados, de constituir una infracción de los derechos de autor, por carecer de la autorización de su titular, representa una conducta de comunicación pública no autorizada, que puede sancionarse y repararse en el ámbito de la jurisdicción civil, sin que concurra el elemento subjetivo del ánimo de lucro, que exige el tipo penal, ya que ese concepto ha de interpretarse en sentido estricto de “lucro comercial”, y no en el amplio representado por la consecución de cualquier ventaja, utilidad, o beneficio. De ahí que a tenor de lo establecido en el artículo 641.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, deba sobreseerse interinamente la causa.Dicho de otra manera: que una vez más un juez ha dejado claro que compartir obras sujetas a derechos de autor, siempre que se haga sin ánimo de lucro, no constituye un ilícito penal. Le duela a quien le duela. Es decir, a la SGAE, Promusicae, AGEDI y demás entidades gestoras. ¡Se siente!

Un empresario alemán llamado Daniel Giersch se está convirtiendo en un dolor de cabeza continuo para Google y, más concretamente, para su correo web GMail. ¿El motivo? En el año 2000 registró en Alemania y Suiza la marca 'G-mail', con la que bautizó a un servicio de mail, por lo que considera que el buscador no puede utilizar esta denominación en los países miembros de la Unión Europea.
Giersch llevó el caso a los tribunales en el 2005 y desde entonces está trayendo por la calle de la amargura al gigante de Internet, que nunca hubiera pensado que una persona a título individual iba a plantarle cara hasta el punto de impedirle utilizar el nombre que había ideado para uno de sus servicios estrella.
Sin ir más lejos, el año pasado por estas mismas fechas una corte de Zurich dictó una sentencia contraria a los intereses de Google que esta semana se ha visto corroborada por la Oficina de Armonización del Mercado Interior, que ha rechazado la apelación del buscador y ha resuelto que el único propietario de la marca G-Mail en territorio comunitario es Daniel Giersch.
En su defensa, los abogados de Google habían esgrimido que tanto en Alemania como en el conjunto de la Unión Europa existen muchas marcas comerciales que contienen el término "mail" junto a otra letra. Asimismo han argumentado que el logo de su servicio de mensajería web no se parece en nada al de Giersch, tanto por los colores como por la tipografía utilizada.

En más de una ocasión os he hablado de la falta de escrúpulos y la ausencia del más mínimo atisbo de moral que Google, Yahoo y Microsoft han mostrado hacia los activistas pro-derechos humanos chinos. Siempre que los dirigentes de la dictadura asiática se lo han requerido, les han entregado los datos de conexión e información teóricamente confidencial sobre un número indeterminado de estos ciudadanos, que han acabado con sus huesos en la cárcel acusados de atentar contra los valores y la estabilidad de este régimen represor.
Todo vale con tal de que las autoridades correspondientes no pongan trabas para que puedan seguir estando presentes en un mercado con un potencial de crecimiento enorme y que generará pingües beneficios en los próximos años. Al menos esa es la impresión que me da.
Pues bien, hoy voy a volver a referirme a este tema, pero no porque alguna de estas compañías haya vuelto a hacer de las suyas, sino porque hace unas horas se ha conocido que un grupo de disidentes chinos que viven actualmente en Estados Unidos ha llevado a los tribunales a Yahoo por haber facilitado información al régimen comunista que han conducido a la detención de activistas como Li Zhi o Shi Tao y que ha impedido que los demandantes pudieran volver a su país ante el temor de ser encarcelados.
Esta no es la primera demanda a la que debe hacer frente Yahoo por idénticos motivos. Sin ir más lejos, en noviembre pasado, familiares de dos disidentes que fueron sentenciados a 10 años de prisión después que la compañía norteamericana compartiera los datos de conexión que tenía con el régimen chino pusieron en marcha otro proceso judicial de similares características.
La semana pasada Microsoft sorprendió al mundo al Universo mismo al anunciar que, oh señor, iba a apostar por los estándares de la industria e iba a permitir que compañías y programadores independientes pudieran acceder a una parte significativa de la API de los productos que han lanzado últimamente, como es el caso de Windows Server 2008, Office 2007 o Windows Vista.
Los tiempos cambian que es una barbaridad y en Microsoft han comprendido que hemos llegado a un punto de no retorno en el que están obligados a apostar por los estándares y por la interoperabilidad si quieren subsistir en un mundo tan competitivo como el del software.
Pero además de estos motivos, muchos pensábamos -yo incluido- que este giro copernicano en su modelo de negocio pretendía evitar futuras sanciones de la Comisión Europea o de cualquier otro organismo supraestatal por prácticas monopolísticas o por poner trabas a terceras compañías para que desarrollaran programas que pudieran hacer frente a los suyos.
Sin ir más lejos, en marzo del 2004 la CE le impuso una multa de 497 millones de euros y estableció que debería vender sus sistemas operativos sin el reproductor Media Player instalado, además de proporcionar información a sus competidores para que estos pudieran comercializar productos optimizados para Windows. Por si esto fuera poco, en julio del 2006 volvió a sancionar al gigante norteamericano con 280,5 millones de euros porque en opinión de los políticos comunitarios seguía sin subministrar los datos que le demandaban las empresas desarrolladoras de software.
Pues bien, hace sólo un par de horas se acaba de conocer que el organismo europeo va a imponer otra mega-multa a Microsoft, esta vez de 899 millones de euros, por cobrar un precio abusivo a las compañías que le solicitan información técnica sobre Windows para poder desarrollar productos compatibles. Es decir, por seguir incumpliendo los mandamientos que le impusieron en marzo del 2004.
A Microsoft le sobra la pasta, eso está claro. Como diría aquél, tienen el dinero por castigo y es incluso posible que 4 años atrás les saliera a cuenta pagar la primera penalización si de esa manera podían seguir actuando como siempre. Pero todo tiene un límite. La suma de las 3 multas asciende ya a 1.676,5 millones de euros y parece claro que en la Comisión Europea están dispuestos a seguir adelante con las sanciones históricas si la compañía estadounidense no se baja los pantalones y actúa de acuerdo a las directrices comunitarias. Veremos qué pasa.